miércoles, 29 de abril de 2015

INFORMACIÓN PROGRAMA EMPLE@JOVEN Y EMPLE@25+

11 de marzo 2015 –  Boletín Oficial de la Junta de Andalucía – Núm. 48 página 433
 Decreto-ley 2/2015, de 3 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo.
Programa Emple@Joven y Emple@25+
  • Podrán participar de las iniciativas de este Programa quienes no hayan recibido una beca o fomalizado un contrato de trabajo de duración igual o superior a tres meses, en el caso de jornada completa, o igual o superior a seis meses en el caso de jornada a tiempo parcial, en el marco de los programas Emple@Joven y Emple@30+
  • La participación de alguna de las iniciativas contempladas en el nuevo Programa, supone la renuncia expresa a cualquier otra incluida en el mismo.

Así, las personas inscritas durante el pasado año en la Iniciativa Activa Empleo Joven podrán ser tenidas en cuenta como destinatarias de las convocatorias reguladas ahora, siempre que reúnan los requisitos establecidos en las nuevas medidas. En el caso de aquellas que tengan una edad comprendida entre los 18 y 24 años, ambos inclusive, que puedan ser beneficiarias de la Garantía Juvenil, deberán estar inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Todas las ayudas concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de este nuevo decreto, se regirán por la normativa vigente en el momento de su concesión.
En 2015 se convocan en el marco del Programa Emple@Joven y Empleo25+ las siguientes líneas de ayuda:
  • Iniciativa Cooperación Social y Comunitaria Emple@Joven y Emple@25+
  • Becas para el desarrollo de prácticas profesionales en empresas
  • Ayudas para la contratación de personas titulares del Bono de Empleo Joven
  • Iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo
  • Incentivos a la contratación indefinida de personas jóvenes
Iniciativa Cooperación Social y Comunitaria Emple@Joven y Emple@25+
Objeto: promover la creación de empleo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante la contratación de personas desempleadas para la realización de proyectos de cooperación social y comunitaria desarrollados por los ayuntamientos.
Personas beneficiarias: personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas y que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
Entidades beneficiarias: Ayuntamientos Andalucía
Gastos subvencionables: los derivados de la contratación para la realización del proyecto de cooperación social y comunitaria.
Duración del proyecto para cuya realización se solicita la ayuda: 12 meses.
Requisitos del proyecto: ejecución o prestación de obras o servicios de interés social en el municipio de referencia.
Modelo de contratación: los Ayuntamientos utilizarán la modalidad de contrato de duración determinada, a jornada completa.
Duración del contrato: de tres a seis meses para mayores de 25 años. De seis meses para quienes tengan una edad comprendida entre los 18 y los 24 años de edad y estén inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Requisitos, criterios y proceso de selección de las personas: estar desemplead@ y tener la residencia en el municipio de referencia.
El SAE realiza la selección de candidaturas en base a la adecuación del perfil solicitado por el ayuntamiento para cada puesto ofertado.
Orden de prelación:
  • Personas beneficiarias del Ingreso Mïnimo de Solidaridad y personas solicitantes del Programa de Solidaridad.
  • Personas desempleadas de larga duración, que hayan agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo o asistencial.
  • Personas desempleadas de larga duración, en general.
  • Personas desempleadas, en general.
  • Consideración de personas desempleadas de larga de duración: aquellas inscritas como demandantes de empleo durante 360 días en un periodo de 18 meses inmediatamente a la fecha de realización de búsqueda de candidaturas.
Plazo de presentación de solicitudes: dos meses desde la entrada en vigor del presente decreto-ley. (hasta el 11 de Mayo – 2015)
Descarga de solicitudes: Anexo I, Anexo I.1, Anexo III.1
 Becas para el desarrollo de prácticas profesionales en empresas
Objeto: promover la inserción laboral de personas menores de 30 años a través de experiencias profesionales no laborales en empresas.
Personas beneficiarias: personas jóvenes andaluzas, menores de 30 años, que estén en posesión de una titulación universitaria oficial, titulación en enseñanzas artísticas superiores, formación profesional inicial, enseñanzas artísticas, profesionales y enseñanzas deportivas.
Nota: tiene la condición de andaluz toda persona nacida en la Comunidad Autónoma o que tenga la vecindad administrativa en alguno de los municipios de Andalucía.
Entidades asociadas: empresas, personas trabajadoras autónomas y entidades privadas sin ánimo de lucro.
Plazo de solicitudes:
  • 20 días desde la formalización del acuerdo de prácticas
  • para las personas jóvenes: 45 días desde la publicación del decreto para realizar la inscripción
Presentación de solicitudesVentanilla Electrónica de Administración
Plataforma de inscripción: a través de la web de la UNIA
Bases de la convocatoria: a través de la web de la UNIA
Proceso de selección: la UNIA es la responsable de realizar la preselección de personas candidatas y remitir los curriculum a las entidades asociadas, que serán quienes realicen la selección definitiva o en caso de así solicitarlo, lo hará la UNIA.
Duración del período de prácticas: 6 meses, 5 horas diarias.
Ayudas para la contratación de personas titulares del Bono de Empleo Joven
Objeto: fomentar la contratación y la incorporación al mercado de trabajo de las personas jóvenes andaluzas.
Entidades beneficiarias: las empresas, las personas trabajadoras autónomas, las entidades privadas sin ánimo de lucro y las entidades sin personalidad jurídica que contraten a una persona titular del Bono de Empleo Joven.
Personas beneficiarias o titulares: personas que desde la entrada en vigor del decreto-ley reúnan los siguientes requisitos:
  • Tener entre 18 y 29 años de edad. Las personas que tengan entre 18 y 24 años y que puedan ser beneficiarias de la Garantía Juvenil deben estar inscritas en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
  • Estar en posesión de alguna de las siguiente titulaciones, obtenida dentro de los cinco años anteriores al último día del plazo de presentación de la solicitud de ayuda por parte de la entidad empleadora.
    • titulación universitaria oficial o enseñanzas artísticas superiores
    • titulación de formación profesional inicial o bachiller, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas
    • título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Las personas que a la entrada en vigor del Decreto-Ley tenga la condición de titular del Bono de Empleo Joven y no haya formalizado un contrato de trabajo, mantienen sus derechos y siempre que cumplan los requisitos establecidos en esta nueva convocatoria.
Distribución de los bonos:
  • 10.430 para personas con edades comprendidas entre 18 y 24 años, ambos inclusives, inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil
  • 4.170 bonos,  colectivo restante (hasta 29 años de edad).
A estas cantidades se añaden los bonos pendientes de concesión de la convocatoria 2014.
Modelo de contratación: contrato a jornada completa o parcial, de al menos 12 meses de duración. Es válida cualquier modalidad contractual vigente salvo el primer contrato de empleo joven y el contrato por tiempo indefinido de apoyo a EMPRENDEDORES
Plazo de solicitud para las empresas: dos meses desde la formalización del contrato para solicitar la ayuda.
Presentación de solicitudesVentanilla Electrónica de Administración
Plataforma de inscripción para las personas: a través de la web del Servicio Andaluz de EmpleoDecreto Ley 2_2015 Medidas Inserc. Laboral BOJA 110315

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