viernes, 20 de noviembre de 2015

Resumen del Pleno Extraordinario de noviembre de 2015

 ORDEN DEL DÍA

PUNTO ÚNICO.- COMPARECENCIA DE LA SRA. ALCALDESA PARA INFORMAR:

A.- De todas las gratificaciones abonadas por el Ayuntamiento, tanto a particulares como a empresas, asociaciones o colectivos, tanto las que se pagan de forma esporádica, como las que se pagan de forma mensual y de forma reiterada; indicando nombre del beneficiario, fecha, concepto y cuantía. Dicho informe debe comprender las abonadas desde el año 2012 a la actualidad.-

B.- Sobre la contratación de personal laboral y/o temporal en el Ayuntamiento desde el año 2012 a la actualidad, diferenciando contratos realizados en función de los diferentes programas de creación de empleo, así como de la Bolsa propia del Ayuntamiento, indicando nombre, fecha,  duración y programa por el que se contratan.-



DESARROLLO DEL PLENO

INFORME DEL SECRETARIO MUNICIPAL

1.- Respecto de las gratificaciones que se han abonado por este Ayuntamiento desde 2012 que estas, como consecuencia de la aplicación presupuestaria y funcional – por programas de gasto, se corresponden al Grupo 9 (92 / 920) – Administración General, y partida económica 151.00, resultan, del listado de operaciones obtenido, un acumulo de obligaciones correspondiente a distintos gastos de personal, gratificaciones y facturas por servicios, como consecuencia de estar adscritas al Programa / Grupo de Programas 9, haciéndose sumamente difícil determinar aquellas “esporádicas”, que peticionan los Grupos Políticos de la Corporación, o las abonadas de forma mensual o reiterada. No obstante se ha facilitado a los Grupos de la Oposición relación Listado de esas Operaciones, así como Cuadernos de presentación de liquidaciones trimestrales y anuales del IRPF correspondiente para su análisis.

Se ha de hacer constar que para la ordenación de dichos pagos se dictan decretos aprobatorios de los mismos de los que, mensualmente, se da cuenta en las relaciones de Decretos que integran el Orden del Día de las sesiones ordinarias.

Un análisis más concreto se deduce de la contracción de las retenciones que como consecuencia del IRPF se efectúa a los interesados para cumplimentar los modelos 190 – declaración anual, y 111 – pago trimestral del impuesto, a la AEAT.

Decir que en todas se efectúa y detrae la retención correspondiente al IRPF., no habiéndose formalizado contratación ni alta en seguridad social en algunas gratificaciones, como ya se ha informado oralmente en algún Pleno, dado que la mayoría de estas gratificaciones esporádicas se producen como consecuencia de eventos no previstos / programados con antelación suficiente para proceder a la contratación laboral (parcial) de los mismos, salvo otras que han sido atendidas mediante presentación de recibo / factura de la actividad desarrollada.

Se hace necesario, por tanto, una programación de estas actividades para que, las que no estén amparadas en factura / recibo, puedan formalizarse laboralmente con el alta correspondiente en la seguridad social. De no obtenerse esta programación se habrá de efectuar reparo de los pagos que se produzcan.

2.- Con respecto a las contrataciones temporales de personal laboral temporal / eventual, correspondientes a Bolsa de Empleo, PFEA., así como a diversos planes / programas de la Junta de Andalucía – Diputación Provincial, en todas ellas se ha formalizado su contratación, previa demanda de empleo genérica o en atención a los criterios y requisitos de participación en los distintos programas, así como mediante informe previo – en su caso, de las contrataciones de carácter social, salvo las correspondientes a la Bolsa de Empleo que se han ido cubriendo en razón del lugar que en esta ocupaban los interesados previa baremación realizada en su día y de la que se dio publicidad suficiente.

Que en todas estas contrataciones se ha observado la formalización y el cumplimiento de nuestras obligaciones para con la seguridad social y hacienda estatal. Reseñar, con respecto a estas contrataciones, que todas ellas están amparadas por Decreto de la Alcaldía que autoriza su contratación en relación con los distintos programas que se desarrollan, y de los que – mensualmente, se da cuenta en los Plenos Ordinarios que se celebran.

Pedro Abad, 10 de Noviembre de 2015.
EL SECRETARIO INTERVENTOR.”.


Nuestro portavoz, Alfonso, manifestó: Uno de los pilares sobre los que se basa nuestro programa electoral es la TRANSPARENCIA, que sirve para informar a los vecinos sobre la gestión que se realiza por parte de la Corporación, y para demostrar que las cosas se hacen en base a unos criterios objetivos, justos, equitativos y acordes a las leyes y a las ordenanzas municipales  establecidas en cada caso.
Son muchas las voces que nos llegan quejándose de la parcialidad de las gratificaciones y las contrataciones realizadas por parte del Ayuntamiento, motivo que nos ha movido, a la oposición, a solicitar, por primera vez en 4 años, un pleno extraordinario.
El Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, en su art. 6 apartado 3 dice “las gratificaciones, que en ningún caso podrán ser fijas en su cuantía ni periódicas en su devengo, habrán de responder a servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal de trabajo.
En la información que se nos facilitó, figuran muchas personas que reciben mensualmente gratificaciones, es decir, de forma fija y periódica. Si realmente son necesarios estos servicios, deberían estar de alta y cotizando en Seguridad Social. Esto es economía sumergida desde una Institución oficial.
Con respecto a las GRATIFICACIONES satisfechas por el Ayuntamiento a terceros hay un dato que destaca sobre los demás: MEDIA ANUAL DE GRAFICACIONES: 25.000 €, es decir, ¡25.000 € se gastan anualmente en gratificaciones!, en ellas no van incluidas ni subvenciones de las asociaciones, ni las gratificaciones concedidas al personal funcionario ni al personal laboral.

Preguntamos a la Sra. Alcaldesa: ¿Nos pueden informar en base a qué criterios profesionales gratifican a las personas? ¿Cómo lo publicitan, para que todos tengan la misma oportunidad? Y ¿Quién y cómo se seleccionan a unas personas y no a otras? NO SE NOS RESPONDIÓ
En el informe del Secretario dice: “haciéndose sumamente difícil determinar aquellas esporádicas, que peticionan los Grupos Políticos de la Corporación, o las abonadas de forma mensual o reiterada” y con eso no estamos de acuerdo, a simple vista se puede saber cuáles son mensuales y periódicas.
Nosotros sólo hemos pedido información, por tanto, si antes se daban gratificaciones y se prestaba unos servicios y después de esto no se prestan, es porque antes no lo estarían haciendo legalmente.
El informe del Secretario dice que no se da de alta a las personas porque no se ha previsto con antelación suficiente, eso demuestra falta de planificación y además que está diciendo, ¿que si yo voy a hacer una obra, pero no se a quien voy a contratar, justifica que puedo no darlo de alta? No, eso es ilegal.


Por parte del PP se manifestó ante lo indicado en el informe de Secretaría de que se desconocen las programaciones de las actividades deportivas y que son consecuencia de eventos no previstos o programados que esa programación existe, en la Comisión de Bienestar Social del día 10.11.2015 se dio cuenta de ello, según tengo entendido y varias ocasiones se ha manifestado por el Equipo de Gobierno que los monitores son voluntarios, que las gratificaciones por desarrollo de Campamentos Urbanos sólo aparecen en los últimos años y en los anteriores no, todo parece que es pagar lo que quiero, como quiero y cuando quiero, eso no es serio.

A lo que, la Sra. Luque, amenazó manifestando que se acabarán las gratificaciones concedidas a hermandades, belén, Santiago, limpieza del botellón, cuidadora de niños del CEIP Antonio Machado, por apertura y cierre del Centro de Mayores, etc.




EN EL PLENO SIGUIENTE NO APROBAMOS EL ACTA DE ESTE PLENO YA QUE NO SE RECOGE EN ABSOLUTO LO QUE EN ÉL SE HABLÓ Y SE TRATÓ, YA QUE TANTO EL SECRETARIO MUNICIPAL COMO LA ALCALDESA RECONOCIERON QUE SE HABÍAN COMETIDO IRREGULARIDADES E ILEGALIDADES Y EN EL ACTA NO SE RECOGEN ESTAS AFIRMACIONES.

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