ORDEN
DEL DÍA
PUNTO ÚNICO.- COMPARECENCIA DE LA SRA. ALCALDESA
PARA INFORMAR:
A.- De todas las gratificaciones abonadas
por el Ayuntamiento, tanto a particulares como a empresas, asociaciones o
colectivos, tanto las que se pagan de forma esporádica, como las que se pagan
de forma mensual y de forma reiterada; indicando nombre del beneficiario,
fecha, concepto y cuantía. Dicho informe debe comprender las abonadas desde el
año 2012 a la actualidad.-
B.- Sobre la contratación de personal
laboral y/o temporal en el Ayuntamiento desde el año 2012 a la actualidad,
diferenciando contratos realizados en función de los diferentes programas de
creación de empleo, así como de la Bolsa propia del Ayuntamiento, indicando
nombre, fecha, duración y programa por
el que se contratan.-
DESARROLLO
DEL PLENO
INFORME DEL SECRETARIO MUNICIPAL
1.- Respecto de las gratificaciones que se
han abonado por este Ayuntamiento desde 2012 que estas, como consecuencia de la
aplicación presupuestaria y funcional – por programas de gasto, se corresponden
al Grupo 9 (92 / 920) – Administración General, y partida económica 151.00,
resultan, del listado de operaciones obtenido, un acumulo de obligaciones correspondiente
a distintos gastos de personal, gratificaciones y facturas por servicios, como consecuencia
de estar adscritas al Programa / Grupo de Programas 9, haciéndose sumamente difícil determinar aquellas “esporádicas”,
que peticionan los Grupos Políticos de la Corporación, o las abonadas de forma mensual o reiterada. No obstante se ha
facilitado a los Grupos de la Oposición relación Listado de esas Operaciones,
así como Cuadernos de presentación de liquidaciones trimestrales y anuales del
IRPF correspondiente para su análisis.
Se ha de hacer constar que para la
ordenación de dichos pagos se dictan decretos aprobatorios de los mismos de los
que, mensualmente, se da cuenta en las relaciones de Decretos que integran el
Orden del Día de las sesiones ordinarias.
Un análisis más concreto se deduce de la
contracción de las retenciones que como consecuencia del IRPF se efectúa a los
interesados para cumplimentar los modelos 190 – declaración anual, y 111 – pago
trimestral del impuesto, a la AEAT.
Decir que en todas se efectúa y detrae la retención
correspondiente al IRPF., no habiéndose
formalizado contratación ni alta en seguridad social en algunas gratificaciones,
como ya se ha informado oralmente en algún Pleno, dado que la mayoría de estas gratificaciones esporádicas se producen
como consecuencia de eventos no previstos / programados con antelación
suficiente para proceder a la contratación laboral (parcial) de los mismos,
salvo otras que han sido atendidas mediante presentación de recibo / factura de
la actividad desarrollada.
Se hace necesario, por tanto, una
programación de estas actividades para que, las que no estén amparadas en
factura / recibo, puedan formalizarse laboralmente con el alta correspondiente
en la seguridad social. De no obtenerse esta programación se habrá de efectuar reparo
de los pagos que se produzcan.
2.- Con respecto a las contrataciones
temporales de personal laboral temporal / eventual, correspondientes a Bolsa de
Empleo, PFEA., así como a diversos planes / programas de la Junta de Andalucía –
Diputación Provincial, en todas ellas se ha formalizado su contratación, previa
demanda de empleo genérica o en atención a los criterios y requisitos de
participación en los distintos programas, así como mediante informe previo – en
su caso, de las contrataciones de carácter social, salvo las correspondientes a
la Bolsa de Empleo que se han ido cubriendo en razón del lugar que en esta
ocupaban los interesados previa baremación realizada en su día y de la que se
dio publicidad suficiente.
Que en todas estas contrataciones se ha
observado la formalización y el cumplimiento de nuestras obligaciones para con
la seguridad social y hacienda estatal. Reseñar, con respecto a estas
contrataciones, que todas ellas están amparadas por Decreto de la Alcaldía que
autoriza su contratación en relación con los distintos programas que se desarrollan,
y de los que – mensualmente, se da cuenta en los Plenos Ordinarios que se
celebran.
Pedro Abad, 10 de Noviembre de 2015.
EL SECRETARIO INTERVENTOR.”.
Nuestro portavoz, Alfonso,
manifestó: Uno de los pilares sobre
los que se basa nuestro programa electoral es la TRANSPARENCIA, que sirve para
informar a los vecinos sobre la gestión que se realiza por parte de la
Corporación, y para demostrar que las cosas se hacen en base a unos criterios
objetivos, justos, equitativos y acordes a las leyes y a las ordenanzas
municipales establecidas en cada caso.
Son muchas las voces que nos llegan
quejándose de la parcialidad de las gratificaciones y las contrataciones
realizadas por parte del Ayuntamiento, motivo que nos ha movido, a la
oposición, a solicitar, por primera vez en 4 años, un pleno extraordinario.
El Real Decreto 861/1986, de 25 de
abril, en su art. 6 apartado 3 dice “las
gratificaciones, que en ningún caso podrán ser fijas en su cuantía ni periódicas
en su devengo, habrán de responder a servicios extraordinarios realizados fuera
de la jornada normal de trabajo.”
En la información que se nos facilitó, figuran muchas personas que reciben mensualmente gratificaciones, es decir, de forma fija y periódica.
Si realmente son necesarios estos servicios, deberían estar de alta y
cotizando en Seguridad Social. Esto es economía sumergida desde
una Institución oficial.
Con respecto a las GRATIFICACIONES satisfechas por el
Ayuntamiento a terceros hay un dato que destaca sobre los demás: MEDIA ANUAL DE GRAFICACIONES: 25.000 €,
es decir, ¡25.000 € se
gastan anualmente en gratificaciones!, en ellas no van incluidas ni
subvenciones de las asociaciones, ni las gratificaciones concedidas al personal
funcionario ni al personal laboral.
En el informe del Secretario dice: “haciéndose sumamente difícil determinar
aquellas esporádicas, que peticionan los Grupos Políticos de la Corporación, o
las abonadas de forma mensual o reiterada” y con eso no estamos de acuerdo,
a simple vista se puede saber cuáles son mensuales y periódicas.
Nosotros sólo hemos pedido información,
por tanto, si antes se daban gratificaciones y se prestaba unos servicios y
después de esto no se prestan, es porque antes no lo estarían haciendo
legalmente.
El informe del
Secretario dice que no se da de alta a las personas porque no se ha previsto
con antelación suficiente, eso demuestra falta de planificación y además que
está diciendo, ¿que si yo voy a hacer una obra, pero no se a quien voy a
contratar, justifica que puedo no darlo de alta? No, eso es ilegal.
Por parte del PP se manifestó ante lo indicado en el informe de Secretaría
de que se desconocen las programaciones de las actividades deportivas y que son
consecuencia de eventos no previstos o programados que esa programación existe,
en la Comisión de Bienestar Social del día 10.11.2015 se dio cuenta de ello,
según tengo entendido y varias ocasiones se ha manifestado por el Equipo de
Gobierno que los monitores son voluntarios, que las gratificaciones por
desarrollo de Campamentos Urbanos sólo aparecen en los últimos años y en los
anteriores no, todo parece que es pagar lo que quiero, como quiero y cuando
quiero, eso no es serio.
A lo que, la Sra. Luque, amenazó manifestando que se acabarán las gratificaciones
concedidas a hermandades, belén, Santiago, limpieza del botellón, cuidadora de
niños del CEIP Antonio Machado, por apertura y cierre del Centro de Mayores,
etc.
EN EL
PLENO SIGUIENTE NO APROBAMOS EL ACTA DE ESTE PLENO YA QUE NO SE RECOGE EN
ABSOLUTO LO QUE EN ÉL SE HABLÓ Y SE TRATÓ, YA QUE TANTO EL SECRETARIO MUNICIPAL
COMO LA ALCALDESA RECONOCIERON QUE SE HABÍAN COMETIDO IRREGULARIDADES E
ILEGALIDADES Y EN EL ACTA NO SE RECOGEN ESTAS AFIRMACIONES.
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